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Decreto-ley por el que se modifica la Ley de Secretos Oficiales

N° Ley: 2/2020 Promulgación: 07/06/2020 Categoría: Seguridad y Defensa

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UNICO. Modificación de la Ley 4/2020
El artículo 4 de la ley 4/2020, de Secretos Oficiales, queda establecido de la siguiente forma:

Artículo cuarto.

La calificación a que se refiere el artículo anterior corresponderá exclusivamente al Consell Federal o al Consejo de Seguridad. Dicho acuerdo se adoptará mediante Decreto del Consell Federal o del Síndic Federal, respectivamente, y será inmediatamente comunicado al Parlament.

No obstante, los Presidentes de las Repúblicas que integran la Federación podrán solicitar al Consell Federal la calificación de secreto o reservado, en el ámbito de sus competencias, previo acuerdo de su Órgano de Gobierno.

DISPOSICIONES FINALES

DISPOSICIONES_FINALES
DFU. Entrada en vigor
El presente decreto-ley entrará en vigor en el momento de su publicación en el "Diari Oficial de la República Federal de Sia".

Dado en Ciudad del Mar, el 7 de junio de 2020.

JOSAN SOUL

La Presidenta del Consell Federal,
María Enriqueta Barberá
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